Planes de igualdad

¿Qué es un Plan de Igualdad?

 

La Ley 3/2007 para la Igualdad Efectiva entre mujeres y hombres lo define como “un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo”.

La ley de igualdad considera, que los planes de igualdad son una herramienta fundamental para que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades dentro del tejido empresarial.

“La igualdad de oportunidades no es una opción, es un derecho”

¿Qué se lleva a cabo?

 

  • El Informe de Diagnóstico de situación en materia de género, determinando qué áreas de la organización son susceptibles de mejora.
  • Constitución y coordinación de la comisión negociadora de igualdad.
  • Planificación y redacción del Plan de Igualdad, incluyendo los objetivos, las medidas que se van a tomar y a que empleados van destinados.
  • Propuesta de calendario de actuaciones.
  • Elaboración de protocolos para evitar la discriminación y el posible acoso sexual y laboral.

¿Por qué debo tener un plan de igualdad?

Obligaciones de las empresas

El Real Decreto establece la obligación de realizar un plan de igualdad a todas las empresas que superen los 50 trabajadores siguiendo un periodo de adaptación en cada caso.

Desde el 8 de marzo de 2021: Todas las empresas con más de 100 personas en plantilla.

A partir del 8 de marzo de 2022: Todas las empresas de más de 50 personas en plantilla.

Hay que tener en cuenta a todos los trabajadores independientemente de su jornada laboral o su tipología de contrato (temporal o indefinidos).

En las empresas cuyo número de empleados varía en función de la época del año y que estén en el entorno de los 50, se analizará su caso de manera concreta.

El artículo 45.3 de la LO 3/2007 establece que:

Dicho todo lo anterior, las empresas deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad siempre, cuando así lo establezca en el propio convenio colectivo que sea aplicable en cada momento, en los términos que aparezcan previstos y estipulados en este.

Basándonos en lo escrupulosamente descrito por la ley:

El artículo 45.4 de la LO 3/2017 establece que:

(…) cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan, en los términos que se fijen en el indicado acuerdo.

¿Qué ventajas me da un plan de igualdad?

 

Beneficios e incentivos

Existen algunas subvenciones de hasta 6.000 euros a las pymes y otras entidades.

Para presentarse a licitaciones, el Plan de Igualdad está siendo valorado en las puntuaciones
asignadas.

Apuesta por la igualdad efectiva entre mujeres y hombres como modelo de gestión y organizativo.

Ayuda como organización a reflexionar sobre la política retributiva y a corregir desviaciones
o conceptos que se requieran.

Las buenas relaciones repercuten directamente en el personal y en la productividad de la empresa. Es necesario la creación de vínculos. 

Y además realizamos…

Para cumplir con el RD 901/2020 y 902 /2020, de 13 de octubre y favorecer la igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

Valorando y elaborando las descripciones de puestos de trabajo de tu organización Estableciendo el sistema de niveles y grupos profesionales fruto de la valoración de puestos.

Con informe de Auditoría con perspectiva de género, estableciendo un diagnóstico y un plan de actuación con objetivos y plazos de ejecución para subsanar las brechas salariales de más del 25 % por razón de género.

Ayudando a confeccionar el registro retributivo exigido por ley.

Justificando las diferencias y las acciones correctoras.

Dirigida al departamento de recursos humanos, desarrollando talleres sobre igualdad, conciliación y corresponsabilidad en la empresa.
Formación dirigida a la comisión negociadora, mandos intermedios y plantilla.

  • 7 de marzo de 2020: Empresas de más de 150 trabajadores.
  • 7 de marzo de 2021: Empresas de más de 100 trabajadores.
  • 7 de marzo de 2022: Empresas de más de 50 trabajadores.

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